Por nacimiento/adopción de hij@:
Si cuenta con contrato vigente, tiene derecho a permiso pagado de 5 días.
El cual puede usar desde: momento del parto (de forma continua, salvo feriados o fines de semana), o distribuidos dentro del 1er mes desde la fecha de nacimiento (pueden ser de forma continua o fraccionada)
El permiso se debe solicitar por escrito al empleador/@, es innegable, pero te podrían solicitar el certificado de nacimiento.
En caso de Fallecimiento de la madre, durante el parto o posterior a este, tiene derecho a:
Fuero restante de la madre
Permiso postnatal (o lo que reste de este)
Subsidio
Alimentar a hijx menor de 2 años
Derecho a Sala Cuna: Si el lugar en donde trabaja cuenta con 20 o más mujeres trabajadoras y/o si por sentencia judicial cuenta con el cuidado de un menor de 2 años.
Si ambos padres trabajan, la madre puede elegir que el padre tome el Permiso Postnatal Parental desde la séptima semana, por el tiempo que ella decida.
Las semanas del padre deben ser al final del permiso y recibirá un subsidio basado en su salario.
Debes informar a tu empleador con 10 días de anticipación y al inspector del trabajo. Durante este permiso, tendrás doble protección laboral.
Además, como padre, puedes tener licencia por enfermedad si la madre lo elige, para cuidar a tu hijo/a menor de un año.
Más información en Derechos laborales | Chile Crece Contigo