En Chile, las mujeres embarazadas que se encuentran trabajando, cuentan con ciertos derechos laborales irrenunciables. En ciertas circunstancias, estos se extienden al padre.
Si estás embarazada, la ley garantiza que puedas conservar/mantener tu trabajo y asegurar ingresos para criar a tu hij@.
Esta protección comienza desde el 1er día de embarazo y se extiende hasta 1 año después del término de tu permiso de maternidad.
Es por ello, que no te pueden despedir sin una razón justificada, incluso si no tenías conocimiento previo de tu embarazo.
Personas embarazadas con contrato indefinido, plazo fijo, por obra o faena, trabajador@s del sector público reguladas por normas especiales de trabajo.
Padre trabajador, en caso de fallecimiento de la madre, por el tiempo restante del fuero.
Persona a quien por ley, se le ha otorgado el cuidado personal de un niñ@.
Consideraciones especiales:
En caso de interrupción del embarazo (por aborto o muerte del recién nacido), el derecho pierde validez.
Trabajadores a honorarios no cuentan con el derecho, a menos que puedan probar que trabajan bajo supervisión directa y control de un empleador.
¿EN QUÉ CASOS SE PUEDE SOLICITAR EL DESAFUERO?
Desafuero: es cuando se quita temporalmente la protección legal especial que tiene alguna persona (políticos, funcionarios), para enfrentar investigaciones y/o juicios, sólo lo puede solicitar un juez competente, en:
Vencimiento del plazo acordado entre las partes (Contrato a plazo fijo) / Término de contrato.
Término del trabajo/servicio que originó el contrato (Contrato por obra o faena).
Razones para tomar acciones disciplinarias o despedir a un/a trabajador@ debido a su comportamiento o incumplimiento de las reglas de trabajo.
RESUMEN:
Fuero Maternal:
Protege el empleo desde el inicio del embarazo hasta 1 año después del descanso postnatal.
Debes informar a tu empleador al confirmarse el embarazo.
Descanso Prenatal:
Comienza 6 semanas antes del parto.
Requiere certificado médico o de matrona.
--PARTO--
Descanso Postnatal:
Inicia después del parto y dura 12 semanas.
Puede incrementarse a 18 semanas en los siguientes casos:
Si el parto ocurre antes de la semana 33 de gestación.
Si el hijo/a nace con un peso menor a 1500 gramos.
Para partos múltiples, se añaden 7 días adicionales por cada hijo/a a partir del segundo.
Permiso Postnatal Parental:
Inicia después del descanso postnatal y dura 12 semanas.
Puede ser compartido si ambos padres trabajan.
El padre debe avisar con 10 días de anticipación para tomar parte del permiso.